TEMA 6. La Jurisdicción

 

TEMA 6. La Jurisdicción, definición, caracteres, modos de la Jurisdicción, momentos de la Jurisdicción. Jurisdicción Ordinaria y Especial. Jurisdicción Voluntaria. Garantías Jurisdiccionales. Estructura Organizativa del Poder Judicial. Funcionamiento organizacional. El Tribunal. Juez, secretario, alguacil y asistentes. Sistema IURIS 2000. Resoluciones de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura sobre materia, territorio y cuantía.

 

La jurisdicción, como potestad del Estado, se define como la facultad de administrar justicia a través de órganos judiciales. En Venezuela, esta función está consagrada en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece al Poder Judicial como garante del acceso a la justicia, la tutela judicial efectiva y el debido proceso ( arts 26 y 49 Constitucionales, respectivamente).

 

 La jurisdicción se caracteriza por ser exclusiva del Estado, indelegable, obligatoria y vinculada a la soberanía nacional

En el derecho procesal civil venezolano, la jurisdicción presenta varios caracteres fundamentales que la definen y la distinguen como una función esencial del Estado. Estos caracteres son:

Legalidad: La jurisdicción se ejerce conforme a lo establecido por la ley. Es la normativa jurídica la que otorga las atribuciones y establece las obligaciones de los órganos del Poder Judicial, asegurando que su actuación esté sujeta a los principios y normas legales vigentes


    Orden Público: La jurisdicción es de orden público, lo que significa que su ejercicio es obligatorio y general. No puede ser alterada o desconocida por la voluntad de los individuos, ya que su violación afectaría no solo a las partes involucradas en un proceso, sino a toda la sociedad. Este carácter garantiza que la función jurisdiccional se ejerza en beneficio del interés colectivo

     Indelegabilidad: La jurisdicción es indelegable, es decir, solo puede ser ejercida por los órganos del Poder Judicial designados por la ley. No puede ser transferida a otros entes o particulares, asegurando que la administración de justicia sea exclusiva del Estado


    Exclusividad: La jurisdicción es exclusiva del Estado, lo que implica que solo los tribunales de justicia tienen la potestad de resolver controversias y aplicar el derecho en casos concretos. Este carácter refuerza la soberanía del Estado en la administración de justicia


    Definitividad: Las decisiones jurisdiccionales son definitivas e irrevocables, produciendo lo que se conoce como cosa juzgada. Esto significa que las sentencias dictadas por los tribunales no pueden ser modificadas, excepto en los casos previstos por la ley, asegurando la seguridad jurídica

 

Estos caracteres son esenciales para comprender la naturaleza y el alcance de la jurisdicción en el sistema jurídico venezolano, garantizando que esta función se ejerza con imparcialidad, legalidad y respeto a los derechos de las partes involucradas.

 

Los modos de la jurisdicción se refieren a las formas en que esta potestad se ejerce. En Venezuela, se distingue entre la jurisdicción ordinaria, que abarca los asuntos civiles, penales y mercantiles; y la jurisdicción especial, que incluye materias como lo contencioso-administrativo, laboral y agrario

 Asimismo, existe la jurisdicción voluntaria, que no implica controversia entre partes sino actos que requieren intervención judicial para su validez formal

 

Las garantías jurisdiccionales son mecanismos procesales destinados a proteger derechos fundamentales. Entre ellas destacan el amparo constitucional y el control de constitucionalidad, previstos en los artículos 26 y 27 de la Constitución. Estas garantías aseguran el respeto al debido proceso y los derechos humanos mediante procedimientos ágiles y efectivos

La organización del Poder Judicial en Venezuela está estructurada jerárquicamente. El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) es el máximo órgano judicial y está compuesto por salas especializadas: Constitucional, Político-Administrativa, Electoral, y las de CasaciónCivil, penal y social. Le siguen los tribunales superiores o de alzada y los tribunales de primera instancia en sus diversas competencias: civil, penal, laboral y otras. También existen juzgados municipales para asuntos de menor cuantía o relevancia territorial

El funcionamiento organizacional del Poder Judicial comprende roles específicos: el juez, como autoridad decisoria; el secretario, encargado de la documentación procesal; los alguaciles, responsables de ejecutar órdenes judiciales; y los asistentes administrativos que apoyan en tareas logísticas. Todos ellos deben actuar conforme a principios éticos y legales establecidos en el Código de Ética Profesional del Abogado Venezolano

En cuanto a las resoluciones emitidas por la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM), estas regulan aspectos administrativos como la distribución territorial y la cuantía asignada a cada tribunal. Estas disposiciones buscan garantizar una adecuada gestión judicial en función de las necesidades locales y del volumen procesal

En conclusión, el sistema judicial venezolano está diseñado para garantizar el acceso a una justicia imparcial y eficiente mediante una estructura jerárquica bien definida y normas procesales claras. La jurisdicción constituye un pilar fundamental del Estado democrático al asegurar que los conflictos sean resueltos conforme al derecho y bajo principios de equidad e independencia judicial.

 

Cómo se determina el ámbito territorial de la jurisdicción en Venezuela

En Venezuela, el ámbito territorial de la jurisdicción se determina en función del territorio sobre el cual un tribunal ejerce su autoridad. Este concepto está estrechamente relacionado con la competencia territorial, que es uno de los elementos clave para definir qué tribunal es competente para conocer de un asunto específico. A continuación, se describen los aspectos principales:

1. Competencia territorial

La competencia territorial se refiere al área geográfica específica dentro de la cual un tribunal puede ejercer su jurisdicción. En el Código de Procedimiento Civil Venezolano, esta competencia se establece en función de la ubicación de las partes, el objeto del litigio o el lugar donde se haya producido el hecho que origina la controversia. Por ejemplo:

  • En casos civiles, el tribunal competente suele ser el del domicilio del demandado o el lugar donde se encuentra el bien objeto del litigio

 

2. Delimitación geográfica

Venezuela está dividida en 23 estados, un Distrito Capital y Depedencias Federales, cada uno con su propia organización judicial. Los tribunales ejercen su jurisdicción dentro de los límites territoriales de estas entidades federales

 

3. Casos penales

En materia penal, la competencia territorial se determina por el lugar donde se consumó el delito o, en caso de delitos imperfectos, donde se ejecutó el último acto dirigido a su comisión. Esto está establecido en el artículo 58 del Código Orgánico Procesal Penal

 

4. Excepciones y normas especiales

En algunos casos, la competencia territorial puede ser modificada por normas específicas, como en litigios que involucran bienes muebles o inmuebles, o en situaciones donde las partes acuerden someterse a un tribunal distinto, siempre que la ley lo permita

 

5. Importancia del territorio

El territorio es un elemento fundamental para la jurisdicción, ya que define los límites dentro de los cuales el Estado ejerce su soberanía y los órganos judiciales pueden actuar. Esto asegura que los ciudadanos tengan acceso a la justicia en el lugar más cercano y adecuado a su situación

En resumen, el ámbito territorial de la jurisdicción en Venezuela se define por la competencia geográfica de los tribunales, determinada por la ubicación de las partes, el objeto del litigio o el lugar donde ocurrió el hecho. Esta delimitación garantiza el acceso a la justicia y la eficacia del sistema judicial.

 

Qué diferencias históricas existen entre la jurisdicción y la competencia en Venezuela

 

En Venezuela, la distinción entre jurisdicción y competencia ha evolucionado significativamente a lo largo del tiempo, marcada por el desarrollo doctrinal y jurisprudencial. A continuación, se presentan las principales diferencias históricas entre ambos conceptos:

1. Conceptualización inicial (siglo XIX)

E       n el siglo XIX, los términos jurisdicción y competencia se utilizaban indistintamente, siendo considerados casi sinónimos. Se hablaba de "falta de jurisdicción" para referirse a la falta de competencia, ya sea en sentido material, territorial o funcional. Este enfoque reflejaba una visión poco diferenciada de ambos conceptos, lo que generaba confusión en la práctica judicial.

2. Evolución en el siglo XX

A partir del siglo XX, la doctrina y la jurisprudencia venezolana comenzaron a superar esta confusión, estableciendo una clara distinción entre ambos términos. La jurisdicción se definió como la función pública del Estado para administrar justicia, mientras que la competencia pasó a entenderse como la medida de esa jurisdicción, es decir, la atribución específica de un juez o tribunal para conocer de un asunto determinado. Este cambio fue influenciado por el Código de Procedimiento Civil Italiano de 1942, que sirvió como referencia para la legislación venezolana.

3. Consolidación jurisprudencial

         El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha sido clave en la consolidaciónde esta distinción. En sentencias como la del 29 de febrero de 2000 y la del 21 de mayo de 2002, el TSJ precisó que la jurisdicción es el todo, mientras que la competencia es una parte o fragmento de esa jurisdicción. Se destacó que la competencia se refiere a la atribución específica de un órgano judicial para conocer de un caso, basándose en criterios de materia, cuantía y territorio.

4. Características actuales

Hoy en día, la jurisdicción se entiende como una función estatal exclusiva, ejercida por los órganos del Poder Judicial para resolver conflictos con autoridad de cosa juzgada. Por su parte, la competencia es la delimitación de esa jurisdicción, determinando qué juez o tribunal es el adecuado para conocer de un caso específico, según las normas establecidas.

5. Importancia práctica

Esta distinción es fundamental en el proceso judicial, ya que permite identificar claramente cuándo un juez carece de jurisdicción (por ejemplo, en casos que corresponden a un Juez extranjero) y cuándo simplemente es incompetente (por razones territoriales, materiales o de cuantía).

En resumen, la evolución histórica en Venezuela ha llevado a una clara diferenciación entre jurisdicción (función general del Estado) y competencia (atribución específica de un órgano judicial), superando la confusión inicial y garantizando una administración de justicia más eficiente y precisa.



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